Editorial

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EDITORIAL

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l último domingo de octubre la ciudadanía asumirá su rol soberano para designar quienes serán los responsables de conducir al país por el próximo lustro desde el 2005. Es la primera elección del siglo XXI. En una época de vertiginosos cambios en todos los extremos de la sociedad y donde la postergación de multitudes se agudiza y se acrecienta, quienes sean designados para cumplir la misión ordenada desde las urnas necesitan orientarse con ideas claras a efectos de cumplir el mandato otorgado con la mayor suficiencia posible.

   El Uruguay sigue dando cátedra de democracia, no solo en los límites regionales sino en la amplitud del planeta. Ha veinte años de sepultar una dictadura cívico militar, hoy emprendemos una nueva etapa dentro de un mundo globalizado que nos exige una conducta acorde con sus leyes, y que es necesario ajustar apuntando a una mayor equidad posible. Resulta esencial para la existencia en estos tiempos y los que se avecinan, que la democracia cívica que hoy gozamos se trasunte a una también democracia económica y que devenga sustancialmente en una democracia del conocimiento.

   El 31 de este mes la responsabilidad es del votante para que con su máxima capacidad elija a sus futuros gobernantes. A partir del 1º de marzo de 2005 y con un Parlamento instalado unos días antes, la responsabilidad será de los elegidos para desde entonces gobernar un país no solo para quienes lo eligieron sino para todos los orientales. Para subrayar compromisos, evoquemos a José Artigas en su Artículo 4º de las históricas Instrucciones de 1813, al sostener "Como el objeto y fin del Gobierno debe ser conservar la igualdad, libertad y seguridad de los ciudadanos y de los pueblos..."

Recorrido político constitucionalmente imposible

Saúl Posada

 

 

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or razones que no escapan al intelecto del lector, todo lo relacionado con el instituto sobre disolución de las Cámaras establecido en la Constitución, comporta un doloroso recuerdo para el pueblo uruguayo, en virtud de que el 27 de junio de 1973 el Presidente de la República de la época Juan Ma. Bordaberry, lo ponía en funcionamiento, no para cumplir el mandato del constituyente, sino para instalar una despiadada dictadura que se prolongó hasta el 1º de marzo de 1985. Y por lógica consecuencia, cualquier comentario que se vincule con esa figura, se la visualiza como una propuesta autoritaria, ajena a los grandes principios de la democracia.

   La desdichada referencia que hizo el Sr. Marenales sobre el tema, ha sido groseramente explotada en el ámbito político, por los sectores que conforman el gobierno de coalición, las mismas que respaldan las políticas neoliberales lideradas por el Dr. Jorge Batlle. Porque esa opinión aislada, de un ciudadano común que en uso de su libertad emite un juicio dentro de sus prerrogativas personales, no puede manipularse con la malicia que es de conocimiento público. Y con más razón, cuando con anterioridad el senador Carlos Julio Pereyra en Crónicas Económicas (ejemplar Nº 1161 de fecha 30/7/2004), especula con esa salida en la hipótesis de que el Dr. Jorge Larrañaga acceda a la Presidencia de la República, y no cuente con mayorías parlamentarias. De lectura de las normas constitucionales que reglamentan esa figura, no se divisa que quien ejerza la primera magistratura, pueda a su arbitrio promover elecciones legislativas anticipadas, sin darse las condiciones previstas por los Arts. 147 y 148 de la Carta. Evidentemente ambos ciudadanos han confundido los alcances que se derivan de las reformas introducidas en la Carta en 1996, en las que se faculta el primer mandatario requerir de la Asamblea General un voto de confianza al Consejo de Ministros, como asimismo la potestad de declarar que ésta corporación carece de respaldo parlamentario, en cuyo supuesto hará nuevas designaciones.

200 computadoras fueron donadas para ser distribuidas en escuelas del departamento de Tacuarembó. La empresa donante es la forestal Colonvade S.A. El acto de entrega fue en la Concentración Escolar y en el recibimiento el Inspector de Primaria Mtro. José Castrillón D´Angelo destacó la importancia del ingreso de nuevas tecnologías al proceso educativo. Mientras que el gerente de marketing de la firma donante, Ralph Smith, señaló que sus expectativas son que las computadoras "sean usadas por los niños porque son de ellos" y subrayó "el mundo cambia a ritmo vertiginoso y es importante entender esos cambios y participar de ellos" para planificar el futuro. También se recibieron máquinas para ser instaladas en el Centro de Tecnología para capacitación del cuerpo docente.

   Como viene de verse, tales aditamentos incorporados a los Arts. 174 y 175, no hacen más que fortalecer la figura presidencial, ya que ahora su titular puede sustituir los miembros de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados – con excepción de los que integran la Universidad de la República – sin la venia del Senado, y proponer nuevas designaciones para que la Cámara Alta otorgue su consentimiento. Pero como se advertirá, para que se movilice el complejo recorrido que ha de culminar en elecciones anticipadas, es menester que la censura individual, plural o colectiva al Consejo de Ministros, sea planteada en una de las Cámaras, luego de lo cual comienza la actividad de la Asamblea General en el marco instituido por los citados Art. 147 y 148.

   En síntesis, no parece sensato que el constituyente hubiese otorgado al Presidente atribuciones que por su dimensión, comprometería el principio de la separación de poderes, como absurdo que apele al complicado mecanismo de la censura contra sus ministros –papel reservado a la oposición– cuando constitucionalmente puede removerlo mediante una simple resolución, dentro de la órbita del Poder Ejecutivo.